Tribunal Superior de Justicia del País
Vasco, Sala de lo Social, Sentencia de 25 Abr. 2006, rec. 485/2006. Nº de
recurso: 485/2006 Jurisdicción: SOCIAL LA LEY 73491/2006 DESPIDO PROCEDENTE.
Faltas repetidas e injustificadas de
asistencia. Trabajador que durante varios días no asistió a su trabajo durante
la jornada de la mañana o de la tarde, o lo hizo con retraso. DERECHO A LA
INTIMIDAD. La vigilancia y control del trabajador por un detective privado no
vulnera su derecho a la intimidad. Medida necesaria para la comprobación de las
sospechas acerca de la comisión de tan graves irregularidades.

