Audiencia Provincial de Pontevedra,
Sección 1ª, Sentencia de 13 Jun. 2007, rec. 374/2007. Nº de sentencia: 325/2007
Nº de recurso: 374/2007 Jurisdicción: CIVIL LA LEY 144562/2007.
PROPIEDAD INTELECTUAL. Vulneración de derechos
de autor por reproducción de obra impresa mediante fotocopias. Legitimación
activa de la entidad de gestión colectiva de derechos de autor y de propiedad
intelectual en el sector de la obra impresa, reconocida por el Ministerio de
Cultura, pudiendo dicha entidad de gestión contratar con quien lo solicitara la
concesión de autorizaciones no exclusivas de los concretos derechos por ella
gestionados en condiciones razonables y bajo remuneración. La gestión colectiva
de los derechos de autor no excluye la gestión individual de los derechos de
propiedad intelectual por el propio autor o titular, o que éste confíe su
ejercicio a un tercero. Legitimación pasiva de la demandada como responsable de
las copias no autorizada de las obras gestionadas por la actora. La pre
constitución de la prueba a través de un detective privado, actuando
evidentemente de incógnito, no vulnera ningún derecho fundamental por cuanto ni
provoca ni excita la actuación de la demandada, sino que se limita a interesar
la prestación de los servicios que la misma viene realizando habitualmente.
Cuantía de las tarifas de aplicación por remisión a tarifas generales debido a
la ausencia de precio convenido.
RESULTADO: La AP Pontevedra estima
parcialmente el recurso presentado contra la sentencia de instancia por la que
se estimaba la demanda presentada por entidad de gestión de derechos de autor
por copia de obras impresas sin autorización de ésta, declarándose la
legitimación activa de la entidad y la legitimación pasiva de la demandada como
responsable de las copias.

